Declaración de Principios

Fiel a su vocación republicana, democrática y representativa, el Partido Liberal reafirma su voluntad de cumplir y hacer cumplir la Constitución y demás leyes de la República.

Sólo acepta como fuente legítima del poder público, la voluntad del pueblo expresada en comicios libres y honestos, rechaza el continuismo, las prácticas antidemocráticas y excluyentes de la participación ciudadana, condena la violencia y el terrorismo, pero reconoce el derecho que tiene el pueblo a la insurrección, en defensa del orden constitucional y para oponerse a regímenes ilegítimos.

PRIMERO: El fin supremo de la sociedad y el estado es el desarrollo integral y pleno de la persona humana, de ahí que se debe garantizar el derecho a la vida, el goce irrestricto de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.

SEGUNDO: En el ejercicio de los derechos de las personas No sufrirá más invitaciones que las impuestas por la ley, derivada del respeto a los derechos de los demás, de la igualdad, de la solidaridad y de las necesidades de la convivencia social.

TERCERO: La familia es la organización básica de la sociedad y debe gozar de la protección especial del Estado, concediéndole un interés prioritario a la niñez, a la maternidad, a la juventud, y a los adultos mayores y la prevención del combate a las pandemias.

CUARTO: La educación es condición fundamental para el desarrollo nacional. El Estado debe proporcionarla gratuitamente, con la calidad que exige el presente siglo, en todos los niveles y a todos los estratos sociales. Es compromiso de primer orden erradicar el analfabetismo y lograr la enseñanza primaria universal.

QUINTO: La cultura, las artes La ciencia La tecnología y el conocimiento en general deben gozar de la protección y el apoyo del Estado, sin imponer ningún tipo de censura, constituyen auténticas expresiones de la persona humana, elevan la calidad de vida y contribuyen al desarrollo de la sociedad.

SEXTO: Se postula cómo principio fundamental la inclusión social y, por ende, se reconoce el crecimiento económico con equidad social cómo regla que debe regir la economía nacional y debe presidir el ejercicio de las libertades económicas de iniciativa, de inversión; de comercio, de competitividad, de contratación y de empresa, de modo que la producción económica responda los conceptos de desarrollo sostenible, asegurando la distribución equitativa de la riqueza.

SÉPTIMO: La sociedad hondureña tiene derecho a disfrutar de seguridad, para ello debe combatirse no solo los resultados de la inseguridad, sino también sus causas. Las políticas públicas de seguridad, por consiguiente, deben atacar los factores que generan estos fenómenos y la impunidad que constituyen la fuente de la violencia, la delincuencia y el crimen organizado, garantizando que todos los responsables de la comisión de los delitos, incluidos los denominados “de cuello blanco” serán severamente castigados, para erradicar la percepción de que la justicia penal es selectiva.

OCTAVO: Los hombres y las mujeres deben gozar de igualdad de oportunidades en el ejercicio de los derechos políticos, en la función pública, en el acceso al trabajo productivo digno y en la generación y distribución de riqueza. Asimismo, gozan de igualdad en el tratamiento social y en el disfrute de los servicios públicos.

NOVENO: El sistema político hondureño debe evolucionar hacia una democracia integral, real y participativa, donde el poder público proteja las minorías, garantice la participación y la libre expresión de los ciudadanos haciendo hincapié en la calidad de la representación y participación para lograr el consenso y la inclusión.

La participación ciudadana efectiva es la condición para lograr la democracia incluyente. para ello, es imprescindible que se generen las condiciones para que el ciudadano asuma con responsabilidad sus derechos y sus deberes, sea como elector, cómo servidor público, como miembro de la Sociedad Civil. Más y mejor democracia sólo es posible con mejores ciudadanos.

DÉCIMO: El Estado de Derecho debe fortalecerse modernizando los mecanismos de protección a la persona natural y jurídica, actualizando el reconocimiento de los derechos políticos, económicos, sociales, ambientales etc. y garantizando la seguridad jurídica con un sistema de administración de justicia de calidad, independiente, imparcial e igualitario.

DÉCIMO PRIMERO: El estado debe de estar al servicio de la persona y por ello debe de ser eficiente y eficaz en su misión de ejercer el poder público, de proveedor de servicios públicos y de promotor del desarrollo nacional para garantizar la gobernabilidad. En consecuencia, debe valerse de la planificación y de la descentralización de los servicios con la participación de los ciudadanos, para utilizar racionalmente los recursos y para evitar la duplicidad de funciones, las erogaciones innecesarias y la imprevisión.

DÉCIMO SEGUNDO: El fortalecimiento del gobierno municipal es condición fundamental para afirmar la vocación democrática del pueblo hondureño y para desarrollar el deber de responsabilidad colectiva y solidaridad en la gestión de los servicios públicos locales, con la finalidad de satisfacer las necesidades de la comunidad.

DÉCIMO TERCERO: La democratización interna mediante la participación amplia de todos los miembros y simpatizantes es principio rector del partido, por lo que condena prácticas negativas cómo la acumulación de cargos, el nepotismo, los privilegios de grupos, la reelección y establece la separación del partido del Gobierno y del Estado.

DÉCIMO CUARTO: Se postura la transparencia y rendición de cuentas cómo atributo de la conducta ciudadana. Por consiguiente, condena la corrupción en todas sus formas y se exige a los liberales que la practiquen en todos los actos de su vida.

DÉCIMO QUINTO: Es imperativo revertir la perdida de recursos del ambiente, garantizar su sostenibilidad y disminuir la vulnerabilidad frente a los fenómenos de la naturaleza, Por lo que es impostergable la protección del ambiente en general y la prevención de desastres naturales.

DÉCIMO SEXTO: Reafirma su fé en la juventud como fuerza transformadora de la sociedad, en consecuencia, propicias su amplia participación en todos los aspectos de la vida nacional.

DÉCIMO SÉPTIMO: Congruente con la aspiración de una democracia incluyente, que fortalezca el estado de derecho con base en la participación ciudadana, Se reconoce el derecho de los actores de la sociedad civil, para organizarse libremente y desarrollar sus actividades bajo la protección de la ley.

DÉCIMO OCTAVO: Reafirma la vigencia del pensamiento liberal de los próceres y de los grandes conductores (as) históricos del partido.

DÉCIMO NOVENO: Reafirma el pleno respeto al derecho internacional, a las declaraciones de las Cumbres Mundiales, a los principios de igualdad jurídica de los Estados y a la auto-determinación de los pueblos.

Propugna por un nuevo orden económico internacional que garantice la paz, erradique el intervencionismo y las guerras y consolidé la solidaridad de los pueblos.

Art. 2: La presente declaración de principios es de obligatorio cumplimiento para los afiliados al Partido, y entrará e vigencia después de su aprobación por el Tribunal Supremo Electoral, y a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.